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Un desprecio sin descanso: el avance de Milei contra los derechos indígenas  



El 30 de septiembre de 2024, el Gobierno derogó la resolución 4811/96 que regulaba el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, un instrumento administrativo para inscribir las personerías jurídicas de las comunidades indígenas. Considerando el carácter de preexistencia de los Pueblos Originarios reconocido por la Constitución Nacional, este registro es un derecho. La resolución también suspendió todas las solicitudes en trámite e invitó a las jurisdicciones provinciales a celebrar convenios para unificar criterios de inscripción. De este modo, el Ejecutivo Nacional ya no inscribe comunidades, deslindándose de sus obligaciones legales.

En simultáneo, el Poder Judicial de la provincia de Río Negro, condenó a los y las integrantes de la comunidad Lof Lafken Winkul Mapu por el delito de “usurpación por despojo”. Se trata de los hechos ocurridos en noviembre de 2017 en torno a la recuperación territorial realizada por la comunidad de las tierras bajo dominio de Parques Nacionales. La justicia consideró que la comunidad había entorpecido el acceso al predio de las fuerzas de seguridad. Estamos ante los mismos sucesos en donde la Prefectura había asesinado al joven activista mapuche Rafael Nahuel de un disparo por la espalda.

Proyectos de ley que vulneran derechos

En el Congreso de la Nación se están impulsando dos proyectos de ley de Propiedad Comunitaria Indígena (PCI). Por un lado, el proyecto 2390-D-2024, que fue presentado por la diputada Roxana Monzón, del partido Unión por la Patria. Por otro lado, el proyecto 0331-D-2024 del diputado Gerardo Milman del partido Propuesta Republicana (PRO). Aunque ambos partidos políticos tienen ideología, historia y tradición opuestas, coinciden en la aparente urgencia de regular el acceso a la tierra de los Pueblos Originarios.

Ambos proyectos contienen artículos que contradicen los estándares internacionales vigentes en materia de reconocimiento y protección de derechos colectivos de los Pueblos Indígenas. El proyecto de la diputada Monzón no reconoce al territorio en su aspecto amplio (suelo, subsuelo y espacio aéreo) ni la titularidad, uso y derecho de las comunidades sobre los recursos naturales que se encuentran en sus territorios. A su vez, el proyecto del diputado Milman autoriza el desalojo en caso de “disolución” de las comunidades o “abandono” del territorio, negando el vínculo ancestral, espiritual y consuetudinario que sustenta la relación con la tierra.

Un protocolo que no consulta

El 28 de octubre de 2024, el Gobierno de la provincia de Río Negro presentó un proyecto que rápidamente se convirtió en ley: “Procedimiento de convocatoria para realizar la Consulta Previa, Libre e Informada para las Comunidades Originarias que se encuentran en el Área de Influencia y que cuenten con Personería Jurídica reconocida por la Autoridad Provincial”. Estamos ante un protocolo de consulta (sin consulta) que establece un plazo de 40 días, contradiciendo los estándares internacionales vigentes que exigen que los procesos deben ser culturalmente adecuados y respetar los tiempos, instituciones y formas de gobierno.

Sólo el 40% de las comunidades que habitan la provincia tiene personería jurídica. Al derogar el registro de inscripción, el Gobierno nacional construye un candado institucional en materia de reconocimiento y ejercicio de derechos. Nada más inconstitucional y alejado de los estándares internacionales. Según el protocolo, las decisiones del proceso de consulta no tendrán carácter vinculante y estarán cimentadas en la Declaración Jurada de Buenas Prácticas que deberá presentar el titular del proyecto. Así, todo el proceso de consulta se basará en dicha declaración que deberá contener la información y documentación mínima.

Los proyectos de ley de Propiedad Comunitaria Indígena y el protocolo de consulta de Río Negro se desarrollan en un contexto donde el Gobierno nacional convirtió en ley el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI). Pensado para inversiones en minería y el sector energético, la mayoría de estas materias primas se encuentran en los territorios indígenas.

El avance ante la comunidad internacional

El 11 de noviembre, Argentina fue el único país de la ONU que votó en contra de una resolución sobre derechos de los Pueblos Indígenas. Basados en los principios de la Agenda 2030, varios países impulsaron una resolución que reconoce la imperiosa necesidad de que los Pueblos Indígenas participen en las agendas de desarrollo, paz, seguridad y justicia. El documento hace hincapié en reforzar la protección y promoción de los derechos humanos de los pueblos, así como la obligación de las empresas de respetarlos, en base al principio de responsabilidad social y ambiental.

Como respuesta, el movimiento indígena organizado difundió un comunicado titulado “Un voto en contra que no borra nuestra preexistencia ni nuestros derechos”, en donde denuncian una política de Estado de “borramiento y aniquilación” de los Pueblos Indígenas de la Argentina. Destacan que el voto en contra no exime al país de respetar y cumplir cada uno de los compromisos internacionales ratificados que generan una obligación internacional.

Ante este contexto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó un llamado al Estado argentino a respetar los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas. Puntualmente, el organismo manifiesta su preocupación ante las decisiones administrativas que podrían afectar el ejercicio del derecho a la libre determinación y exhorta a la Argentina a cumplir con sus deberes internacionales en base al ordenamiento jurídico que el país ratificó y generan obligación internacional.

Una derogación anunciada

Haciendo caso omiso, en el Día Internacional de los Derechos Humanos, el Gobierno derogó la Emergencia Territorial Indígena por decreto. Se trata de la Ley 26.160 sancionada en 2006 que suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo de comunidades indígenas o desocupación de tierras. La ley había sido prorrogada por el Congreso en tres ocasiones (durante las gestiones de Cristina Kirchner y Mauricio Macri) y vuelta a prorrogar por decreto en 2021 por Alberto Fernández. La norma estaba en vigencia hasta noviembre de 2025.

La celeridad de la agenda contra los derechos indígenas antes de terminar el año parece indicar que los capitales minero y energético necesitan un marco legal que les permita operar en los territorios indígenas. Así, el avance contra los territorios indígenas va de la mano de un nuevo plan de saqueo sobre sus recursos.

* Abogada y Magíster en Antropología Social (CIESAS). Además es activista y defensora de los derechos humanos.



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