La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) junto a organizaciones travestis-trans lograron un fallo favorable del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 4 de La Plata y lograron anular el decreto del ex intendente de La Plata Julio Garro (PRO), que ordenaba reubicar la “zona roja” y disponía la imposición de multas para quienes ofrecieran servicios sexuales en “espacios públicos no autorizados”.
La jueza María Ventura Martínez, titular del juzgado N°4, reconoció que el decreto firmado por Garro había sido “irrazonable, arbitrario e inconsulto” y que no reparaba en la situación de vulnerabilidad del colectivo travesti-trans. En su resolución, la jueza exhortó al Municipio de La Plata, ahora a cargo de Julio Alak (Unión por la Patria), a convocar a una mesa de trabajo para resolver la cuestión en 60 días, algo que incumplió la gestión anterior.
La gestión de Alak ya convocó a la conformación de esta instancia con el fin de “trabajar en un programa de abordaje e inclusión del colectivo LGTBI y también una solución que contemplen la solución del grupo de vecinas y vecinos”.
Los vaivenes de este proceso judicial colectivo
La pretensión anulatoria, aceptada ahora por la jueza, fue presentada por la CPM junto a las organizaciones Otrans Argentina, Convocatoria Federal Trans y Travesti Argentina, Frente de organizaciones TLBI La Plata, Berisso y Ensenada, Marea Rosa, Zona Queer La Plata, Venganza afectiva articulación LGTTTBIQPN, Somos Diverxs. La jueza adoptó un concepto amplio de legitimación de las organizaciones en los procesos colectivos para reconocer su involucramiento en el trámite judicial.
La presentación de la CPM en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura junto a organizaciones travestis-trans, buscaba evitar la reubicación de la “zona roja” del barrio El Mondongo hacia el Paseo del Bosque. “Esta medida tenía un claro sesgo discriminatorio y punitivista, que implicaba en los hechos la creación de un gueto para personas travestis-trans que ofrecen servicios sexuales”, marcó el CPM en un comunicado tras conocerse el fallo de Ventura Martínez.
En el marco de este litigio, en noviembre de 2023, la jueza platense ya había dictado una medida cautelar para suspender la vigencia del decreto municipal, pero ahora dispuso su anulación. Durante el proceso, el Municipio de La Plata no fundamentó la legitimidad del decreto y no tuvo en consideración la situación de vulnerabilidad del colectivo travesti-trans.
“Al tratarse de un grupo extremadamente vulnerable, cualquier medida debía extremar recaudos para que no surja la sospecha de discriminación y de imposición de un punto de vista particular, como podría comenzar a sospecharse específicamente cuando se apela a que se escuchó a la sociedad civil y religiosa. Mal puede equilibrarse una balanza si sólo se pesan las razones de un solo plato”, explicó la jueza en su resolución.
La Plata: freno judicial al traslado de la zona roja
Bajo el mismo argumento, la jueza señaló que la Municipalidad tenía que acreditar haber evaluado otras medidas posibles antes de restringir un derecho, algo que tampoco ocurrió.
La resolución también señala como rasgo de incongruencia la premura del acto administrativo: pasaron sólo 10 días entre la publicación del decreto y su reglamentación. El municipio había señalado que el espacio al que pretendían dirigir la oferta de trabajo sexual había sido acondicionado con seguridad, infraestructura y luminaria para su refuncionalización, sin embargo, nada de esto fue constatado.
Fuente: Pagina12