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Casación debe definir si confirma la reducción de pena para tres represores | Se trata de los genocidas Emilio Pedro Morello, Horacio Linari y Martín Sánchez Zinny



La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal resolverá en los próximos días si ratifica o rectifica penas insignificantes dictadas por el Tribunal Oral Federal 2 –el mismo que condenó a Cristina Kirchner– contra tres exmilitares condenados por delitos de lesa humanidad. Pese a la contundencia de las pruebas que en 2022 llevaron al mismo TOF-2 a dictar sentencias a prisión perpetua, que incluyen testimonios de excolimbas que presenciaron secuestros y el fusilamiento de un militante del PRT-ERP por parte del subteniente Martín Eduardo Sánchez Zinny, el cambio de vientos políticos de la mano de la gestión libertaria derivó en una revisión que redujo las penas notablemente, y que ahora deberán revisar los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos.

“En línea con los argumentos del Ministerio Público Fiscal y del CELS, esperamos que la Sala IV marque el camino de otros tribunales y salas en el sentido de considerar estos delitos como gravísimos, que la pena no sea tan leve como la que les dio el tribunal encabezado por (Jorge) Gorini. Tenemos cierta confianza en que los recursos van a ser escuchados, atendidos, analizados y resueltos conforme a la gravedad de los hechos”, evaluó el abogado Pablo Llonto, que representa a familiares de las víctimas.

El TOF-2 integrado por Gorini, Rodrigo Jiménez Uriburu y Feliciano Ríos condenó en agosto de 2022 a la pena máxima a Sánchez Zinny, Emilio Pedro Morello y Horacio Linari por crímenes de lesa humanidad como integrantes del Regimiento de Infantería 6 de Mercedes a mediados de 1976, contra cinco militantes vinculados a la publicación e impresión de las revistas El Combatiente y Estrella Roja, del PRT-ERP. Los consideraron coautores del homicidio agravado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas en perjuicio de Jorge Arancibia, más los secuestros agravados de otras cuatro personas. En el mismo juicio absolvieron a otros dos imputados, Luis Alberto Brun y Rubén Osmar Andrade. A los condenados les permitieron seguir detenidos bajo la modalidad de arresto domiciliario.

El año pasado, con los aires de impunidad que introdujo el gobierno libertario y en particular la vicepresidenta Victoria Villarruel, Casación hizo propios los argumentos de los abogados María Laura Olea y Ricardo Saint Jean y minimizó la responsabilidad de los condenados. Borinsky, Carbajo y Hornos cambiaron la calificación del homicidio agravado, que consideraron “homicidio simple”, y remitieron el expediente de nuevo al TOF-2 para que dictara una nueva condena, que para ese delito prevé penas de entre ocho y 25 años.

En octubre, luego de que la fiscalía y las querellas solicitaran 25 años de prisión, el TOF emitió una nueva sentencia que redujo notablemente las condenas: 12 años de encierro para Sánchez Zinny, diez para Morello y Linari. “Eran jóvenes sin demasiada antigüedad en la carrera militar quienes, en función de la estructura jerárquica y vertical del Ejército, detentaban grados de baja jerarquía”, justificaron. Consideraron como atenuante el hecho de que “no diseñaron el plan de ataque, no planificaron de antemano el operativo sobre la imprenta del PRT/ERP en la localidad de San Martín, sino que más bien se han limitado a ejecutar el plan de sus superiores, con el conocimiento y voluntad que la configuración de la figura dolosa requiere”. Casación tiene que pronunciarse ahora sobre la redeterminación de la pena.

Los hechos que se probaron en el juicio tuvieron como epicentro una casa donde funcionaba una imprenta del PRT-ERP en San Andrés, partido de San Martín, el 10 de julio de 1976. La patota llevó allí a Pablo Pavich, miembro del Comité Central del PRT-ERP y responsable del área de propaganda, que días antes había sido secuestrado y brutalmente torturado para arrancarle información, y a quien mantendrían con vida hasta fines de 1978. En el lugar, donde imprimían las publicaciones de la organización, estaba Arancibia con un compañero que no pudo ser identificado. Ante el operativo ilegal del Regimiento de Mercedes, de gran magnitud y poder ofensivo, descripto en detalle por exconscriptos que testimoniaron en el juicio, Arancibia intentó correr pero le dispararon y lo hirieron. El entonces subteniente Sánchez Zinny, a cargo de la “Sección Tiro” de una compañía del RI6, con una Itaka recortada en sus manos, se acercó caminando al militante herido, mientras gritaba “estos son los hijos de puta que matan a tu madre, que matan a tu hermana”, recordó un conscripto. Con la víctima indefensa, herida, en el piso, “le vuela la cabeza de un itakazo”, relató Hugo Travi ante los jueces. 

Por esos días la patota desbarató también el domicilio donde funcionaba la redacción de Estrella Roja y El Combatiente, donde fueron secuestrados Juan Carlos y Rudyar García del Val. El otro operativo tuvo como víctimas a Rocío Ángela Martínez Borbolla y Pedro Oscar Martucci, militantes de la misma organización. Rocío, de nacionalidad española, era docente y delegada sindical. Pedro era maestro. El 14 de junio de 1976 los represores del RI6 los secuestraron de su domicilio en Haedo, donde se editaba El Combatiente. También padecieron la violencia del operativo los hijos de Martínez Borbolla, Bárbara y Camilo García, de nueve y cuatro años de edad, quienes fueron dejados al cuidado de una familia vecina.





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