El Ministerio de Capital Humano no quiere acatar el fallo que lo obliga a garantizar la entrega de alimentos a comedores y merenderos en todo el país, distribución que fue interrumpida en los inicios del gobierno de Javier Milei. Primero lo había celebrado como si fuera un triunfo, pero ahora en un escrito de 16 páginas apeló la decisión del juez Walter Lara Correa que el jueves último dictó una sentencia definitiva que hacía lugar al amparo colectivo impulsado por la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) y el Centro de Estudios legales y Sociales (CELS). La tildó de arbitraria, dijo que se metía con asuntos Poder Ejecutivo y se opuso a pagar las costas del juicio. Ese fallo intimaba a la cartera a cargo de Sandra Pettovello a presentar informes mensuales que den cuenta, en base a los programas sociales que alega que están vigentes, de cómo asegura el derecho a la alimentación, “la cantidad de personas alcanzadas por las políticas públicas, detallando el comedor y/o merendero y su ubicación geográfica”. Su abogado dejó claro no tiene la intención de hacerlo.
El extraño festejo de Pettovello
Apenas salió la sentencia de fondo ocurrió algo curioso: el ministerio de Pettovello difundió un comunicado donde festejaba lo que era una condena como si fuese una victoria. El propio título del texto era llamativo porque decía que el juzgado contencioso y administrativo federal 7 (que hasta la semana pasada subrogaba Lara Correa) “confirma la legalidad y destaca el avance de las políticas alimentarias del Ministerio de Capital Humano”. “Consolida la continuidad de los procedimientos de asistencia alimentaria que se venían realizando”, señalaba. El dirigente Juan Grabois (Argentina Humana) reparó en la contradicción en su cuenta de la red social “X”: “Si ganaste hambreadora Pettovello, ¿por qué apelás la sentencia? Podrías tener la mínima coherencia de terminar con el despilfarro en mentiras, sanguchitos y abogados, cumplir la ley y entregar los alimentos”. ”Es muy fácil, no tenés que hacer un reactor nuclear ni resolver la macroeconomía”, agregó.
Era ostensible que el fallo reconocía como motivo del pleito el reclamo de organizaciones sociales que vieron interrumpida la entrega de productos y/o fondos para dar de comer en barrios pobres. Y que si bien, a raíz de una medida cautelar dictada en julio en unos pocos casos la situación se había modificado, el ministerio demoraba la distribución de comida con excusas tales como que no había aprobado aún las rendiciones de cuentas de determinados espacios comunitarios. Es más, Lara Correa le decía que tenía que garantizar el derecho a la alimentación “sin discriminación”, que no se trata de “un privilegio” sino de cumplir con el “principio de igualdad” y que el Estado no puede tomar medidas regresivas, es decir, que empeoren la situación de los ciudadanos/as, que fue lo que ocurrió en este caso.
Una de las excusas del gobierno para no entregar alimentos a ciertas organizaciones era que no quería que hubiera intermediarios (en alusión a las organizaciones), pero pusieron uno propio, la Fundación Conin, del médico antiderechos Abel Albino, y limitó la aplicación de ciertos programas a un grupo de algo más de 4000 comedores vinculados a ella. En el comunicado sobre el amparo Capital Humano interpretaba que Lara Correa compartía ese criterio, cuando lo que había dicho era que no puede quedar nadie afuera de la política alimentaria bajo ninguna excusa. La cartera también le adjudicaba al juez haber dicho que el Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (RENACOM) no es una herramienta fiable, pero lo que él dispuso es que el gobierno lo actualice y lo ponga en orden.
La presentación de la apelación confirma que Capital Humano no había recibido una buena noticia, aunque intentó instalarla de ese modo, a tono con la distorsión habitual de información que aplica la Casa Rosada. Incluso el fin de semana propició la difusión de un informe de la Oficina Anticorrupción presentado en una causa penal donde Pettovello denunció supuestos comedores fantasma, otra justificación para no dar comida a la gente pobre, pero donde no hay imputados ni grandes avances.
Qué dice la apelación
El abogado de Capital Humano que se presentó, Alejandro Migdalek –exletrado el exministerio de Planificación de Julio De Vido– sostuvo que la sentencia fue “arbitraria” y carece de “coherencia” porque aunque el ministerio alega la vigencia de programas alimentarios, el juez le exige informes mensuales sobre la implementación de esas políticas públicas. El argumento de Migdalek es que admitir la vigencia de los planes es contradictorio con exigir los informes. Los programas centrales son el Plan Nacional Argentina contra el Hambre, Alimentar Comunidad y Prestación Alimentar, y el Programa Abordaje Comunitario PNUD ARG (el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo). En la causa quedó claro que por más que estén vigentes, no llegan a las miles de personas que eran sus beneficiarias con anterioridad y eso se debe restituir.
Según la apelación, en la sentencia de fondo “no se ha tenido por verificado” ningún “acto u omisión de autoridad pública que, en forma actual o inminente, lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos o garantías explícita o implícitamente reconocidas por la Constitución Nacional”. “Ahora bien, sorprendentemente, el fallo en crisis termina por acoger parcialmente a la acción de amparo”, se queja. Es el Ministerio de Capital Humano el que interpreta que el fallo dice que cumple con planes y políticas alimentarias. Cita esta frase de Lara Correa que dispone que la cartera debe “…continuar con la ejecución de las políticas públicas vigentes en materia alimentaria de manera progresiva, debiendo llevar adelante el mantenimiento en la ejecución de planes y programas vigentes e informados…”. En el contexto de este caso esto implica que no se le puede quitar comida a nadie, toda medida debe mejorar las condiciones de vida. Guardar comida en galpones a punto de vencer sería regresivo, en contra de los pactos internacionales con rango constitucional.
La sentencia de Lara Correa señalaba que no es su función indicarle al Gobierno qué medidas debe adoptar, pero sí qué derechos tiene que garantizar. La lectura del team de Pettovello es que el Poder Judicial se mete en un terreno de políticas públicas que no le corresponde y que no puede obligar a la cartera a presentar informes mensuales. El juez decía, en efecto, que el caso no se terminaba con la sentencia de fondo sino que hay que garantizar su ejecución. Para el gobierno es una intromisión.
Entonces chicanea con su actual fetiche: la Sindicatura General de la Nación (Sigen), que es el órgano de control interno del Estado (lo maneja el propio gobierno), el mismo que –por ejemplo– e quiere aplicar a las universidades, controladas por la Auditoría General de la Nación (que depende del Congreso y tiene una representación política heterogénea). Una sentencia judicial y ese mecanismo de auditoría interna son cosas bien distintas, que la apelación mezcla. El planteo es que se quieren auditar a sí mismos y que ahí se termina todo. Acusa al juez de querer convertir al Poder Judicial en un “auditor de políticas sociales” cuando, insiste con que no incurrió en “incumplimiento alguno”. Por todas estas razones agrega que no va a pagar las costas (gastos y honorarios del juicio), y traslada esa responsabilidad quienes demandan, que es como adjudicársela a quienes representan a las personas que no acceden a la alimentación.
“Capital Humano no acepta que el juez identificó violaciones al derecho a la alimentación y por eso le dio trámite al amparo. El juzgado no encontró justificación en las demoras en la entrega de alimentos y el remedio fue acorde: frente a los cuestionamientos por la falta de continuidad de las políticas el Estado tiene que rendir cuentas, presentando informes mensuales”, dijo Diego Morales, director de Litigio del CELS, a Página/12. “No pide una auditoría de gastos sino constancia del cumplimiento de objetivos del plan de alimentación”, aclaró. “La apelación –concluyó– se base en un argumento falso; lo que el juzgado sostiene es que certificó a lo largo del proceso que el Estado no había hecho efectivas las políticas que le aseguró que estaban vigentes”.