El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) pidió que la justicia en lo contencioso administrativo federal declare la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con el que Javier Milei resucitó la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE). Además, advirtió que el gobierno podría estar llevando adelante un programa de vigilancia masiva de todos los ciudadanos. “Resulta incompatible con los estándares constitucionales y convencionales en materia de derecho a la privacidad, libertad de expresión, autodeterminación informativa y derecho de defensa”, señalaron desde el organismo de derechos humanos.
El 15 de julio pasado, en la víspera del 30º aniversario del atentado a la AMIA, Milei se despachó con un DNU que eliminaba la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), que había existido desde 2015, y propiciaba el retorno de la SIDE –un nombre siempre asociado a las prácticas espurias entre los servicios, la política y el Poder Judicial.
A partir del DNU 614, Milei creó también cuatro órganos desconcentrados que funcionan dentro de la SIDE: el Servicio de Inteligencia Argentino (SIA), la Agencia de Seguridad Nacional (ASN), la Agencia Federal de Ciberseguridad (AFC) y la División Asuntos Internos. Al menos en su nomenclatura, todos tienen algún guiño hacia la inteligencia estadounidense –el espejo en el que le gustaría mirarse al Presidente.
El CELS decidió ir a la justicia para impugnar los decretos a través de los cuales Milei reformó el sistema de inteligencia –eludiendo la discusión en el Congreso. Sus integrantes explicaron que su actividad en defensa, promoción y protección de los derechos humanos podría verse afectada por el decreto y que la posible vigilancia masiva podría redundar en la violación del secreto profesional, ya que sus comunicaciones podrían estar siendo monitoreadas.
El CELS tiene una agenda vinculada a la denuncia de los abusos de la inteligencia –algo que sus fundadores sufrieron en carne propia, como quedó al descubierto con los archivos de la SIDE que recibieron de manos de la interventora Cristina Caamaño durante el gobierno del Frente de Todos. Sin ir más lejos, este año el CELS logró junto con Memoria Activa la condena del Estado argentino en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por la impunidad que rodea al caso AMIA.
En la presentación que quedó radicada en el juzgado federal de Santiago Carrillo, el CELS hace una serie de consideraciones generales sobre el DNU 614 y focaliza especialmente en la situación de la AFC, el órgano desconcentrado que es dirigido por Ariel Waissbein. La AFC es, de hecho, la joya de la corona para La Libertad Avanza (LLA). Cuando el gobierno firmó el DNU 656 –que le daba a la SIDE 100.000 millones de pesos para ser usados como fondos reservados–, la hipótesis que daban tanto en el peronismo como en el macrismo es que ese dinero sería usado para adquirir tecnología para la nueva agencia. “Van a comprar los aparatos que no compramos nosotros”, le dijo a este medio un exministro de Mauricio Macri.
Las principales críticas que el CELS le hace al DNU son:
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Que constituye un exceso en las facultades del Presidente, ya que regula en materia penal –algo que está vedado– y que no existe ninguna situación de urgencia que justifique no dar la discusión en el Congreso;
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Que amplía sustancialmente las facultades de los órganos de inteligencia para adquirir y recolectar datos privados así como para interceptar comunicaciones privadas. Desde la reforma de 2015, la AFI-SIDE no estaba facultada a hacer escuchas, algo que quedó en cabeza del Poder Judicial.
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La habilitación a hacer interceptaciones o adquirir información de banco de datos surge del artículo 17 del DNU 614 en el que se detallan las funciones de la AFC. La redacción habilitaría, a entender del organismo de derechos humanos, la interceptación de todo tipo de comunicaciones: telefónicas, correos electrónicos, chats de mensajería instantánea.
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No se explica cuál es el procedimiento para la interceptación: si es necesaria la orden de un juez antes. No basta cualquier ley para habilitar una injerencia en la vida privada de las personas: las normas deben ser precisas, claras y detalladas.
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Que la SIDE vuelve a poner un pie en los tribunales, ya que el DNU la habilita a intervenir excepcionalmente y cuando haya un requerimiento de un juez. Es una vuelta a las viejas prácticas que habían quedado vedadas durante el gobierno del Frente de Todos.
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Que la SIDE puede informar al Poder Judicial o al Ministerio Público Fiscal sobre cualquier información obtenida en el marco de sus actividades. La SIDE firmó un convenio marco con la Procuración General, a cargo interinamente de Eduardo Casal. Según ese acuerdo, la SIDE le proveerá información al Ministerio Público. Pero las reuniones en las que se dé esa provisión de material serán secretas al igual que sus asistentes, el lugar de encuentro, la fecha y los temas tratados. Para el CELS es obvio que esa información será usada por el Ministerio Público, pero ni siquiera será mencionada o incorporada a la causa –lo que hará imposible que la defensa la conozca o la controle.
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La tan promocionada División de Asuntos Internos (DAI) no es una instancia de control externo e independiente ni están definidas sus competencias ni su relación con la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia (CBI). La DAI iba a quedar supuestamente en manos de un juez, pero nunca se comunicó su nombramiento –a diferencia del resto de los directores de los órganos desconcentrados.
En un informe que mandó a la CBI en septiembre, Sergio Neiffert –titular de la SIDE– había dicho que el organismo no estaba facultado a hacer interceptaciones telefónicas. Si avanza la acción de inconstitucionalidad que promueve el CELS, es posible que Neiffert tenga que probarlo ante la justicia.