La actualización de escalas impacta directamente en el encuadre fiscal y el hecho de no cumplir con los pasos obligatorios puede tener consecuencias.

Con el calendario fiscal en marcha, muchos contribuyentes se enfrentan a la duda de qué sucede si dejaron pasar el momento de revisar su categoría dentro del monotributo. Este proceso, que se realiza dos veces al año, tiene como objetivo ajustar las escalas a los ingresos obtenidos, siempre en línea con la inflación.
La recategorización no es opcional. Si no se realiza a tiempo, el sistema no lo deja pasar así nomas, ya que existen consecuencias previstas por el organismo recaudador para quienes incumplen con esta obligación.
ARCA: qué pasa si no hice la recategorización del monotributo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puede intervenir de forma automática y modificar la categoría del monotributista si detecta inconsistencias entre los ingresos reales y la escala declarada. Esta acción, conocida como recategorización de oficio, se ejecuta cuando no se actualizan los datos dentro del período establecido.
Además de este reencuadre automático, el organismo puede aplicar sanciones económicas. Las personas afectadas podrían recibir multas y cargos adicionales por intereses. En los casos más extremos, también se contempla la exclusión del régimen simplificado, lo que implica pasar al régimen general, con mayores cargas impositivas.
La notificación de la recategorización por parte de ARCA llega al Domicilio Fiscal Electrónico el primer día hábil de agosto. Ahí, el contribuyente va a poder ver los fundamentos de la modificación ingresando al portal oficial con clave fiscal.
Agosto 2025: escalas vigentes del monotributo
En agosto de 2025, las categorías del monotributo fueron ajustadas considerando la variación inflacionaria acumulada. A continuación, las nuevas cifras que determinan el encuadre de cada monotributista según sus ingresos brutos anuales:
- Categoría A: hasta $8.992.597,87
- Categoría B: hasta $13.175.201,52
- Categoría C: hasta $18.473.166,15
- Categoría D: hasta $22.934.610,05
- Categoría E: hasta $26.977.793,60
- Categoría F: hasta $33.809.379,57
- Categoría G: hasta $40.431.835,35
- Categoría H: hasta $61.344.853,64
- Categoría I: hasta $68.664.410,05
- Categoría J: hasta $78.632.948,76
- Categoría K: hasta $94.805.682,90
Este esquema sirve como referencia para que los contribuyentes verifiquen si sus ingresos actuales los ubican en una categoría distinta a la actual.
Fuente
Ambito