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Revocaron el sobreseímiento a Milei en la causa iniciada por un periodista al que tildó de “ensobrado” | Por decisión de la Cámara de Casación



La Cámara Federal de Casación Penal anuló este jueves el sobreseimiento al presidente Javier Milei en la causa por “injurias” que el director del diario Perfil, Jorge Fontevecchia, le inició al mandatario por llamarlo “ensobrado”. 

En su resolución, el camarista Eduardo Farah también decidió apartar al juez del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de CABA que sobreseyó a Milei en primera instancia, Sebastián Ramos, por “haber anticipado opinión sobre el fondo” de la  causa, al decir que las expresiones de Milei no constituyen delito sino que son de interés público y por ello están exentas de tipificación penal y amparadas por la libertad de expresión.

La denuncia contra Milei

El director del diario Perfil presentó una denuncia por “injurias” contra Milei por referirse a su persona con las siguientes expresiones: “quebrador serial”, “como no cambia el modelo de negocio sigue quebrado”, “vive de la pauta”, “es parte de la casta”, “empresario prebendario”, “periodista ensobrado”, “todos cómplices de este sistema que se alían para mantener un modelo de decadencia donde la cara más visible son los políticos”, “Tinturelli”, “carmeleado que da miedo”, “esta camino a la quiebra”, “ya quebró una vez, lo salvó un empresario; después lo salvaron los políticos, pero ahora como no tiene pauta, va a la quiebra”.

Según Fontevecchia, se trata de expresiones “objetivamente injuriantes, que tienen un significado altamente ofensivo, deshonroso y desacreditante, al efectuarle imputaciones peyorativas y ridiculizantes que afectaban su reputación”.

En respuesta, el abogado de Milei, Francisco Oneto, presentó “una excepción de falta de acción”, en la que sostuvo que el mandatario hizo uso de la libertad de expresión y que el término “ensobrado” no se refería a recibir dinero a cambio de decir o dejar de decir algo, sino a recibir dinero del Estado. 

En ese sentido, Oneto planteó que no había delito, que eran “meras opiniones” y que el ultraderechista estaba amparado por la libertad de expresión.

Al recibir la denuncia, Ramos dijo que debía analizar el asunto con “prudencia”, por la colisión entre el honor de la persona, por un lado, y la libertad de expresión, por el otro. Finalmente, el magistrado consideró que no había delito por tratarse de un tema de “interés público” y en consecuencia sobreseyó al Presidente. 

Sobreseimiento

Fontevecchia “es dueño del Grupo Perfil, reconocida editorial que integra el espectro de los medios de comunicación que tiene una función central para la estructura social y la vida cotidiana, en tanto son encargados de informar a la población. En definitiva, puede afirmarse que el nombrado cumple un rol fundamental dentro del diagrama social, de modo tal que puede sostenerse, razonadamente, que resulta ser una figura pública ligada a asuntos de interés público, por lo que, en lo que concierne a dichas cuestiones, cuenta con una protección relajada del honor”, argumentó Ramos. 

“Es innegable que el querellante cuenta con los recursos para contestar, responder y replicar acusaciones y/o críticas como las sometidas a estudio”, dijo, y puso como ejemplo de posible respuesta una nota de la revista Noticias titulada Milei Ensobrado, sobre pagos que habría recibido el ultraderechista del Estado bonaerense en 2014 y 2015.

“El querellante se encuentra en un plano distinto del resto de la población, más expuesto al escrutinio y crítica de los distintos sectores (ciudadanos comunes, empresarios, legisladores, miembros del Poder Ejecutivo, etc.)”, evaluó también Ramos.

Los abogados de Fontevecchia recurrieron ante la Cámara Federal el fallo de Ramos por considerarlo arbitrario y falto de motivación válida, tras evaluar que las declaraciones de Milei trascienden el interés general de la población porque son “falsas y agraviantes aseveraciones sobre aspectos que hacen al desempeño profesional-empresarial de un periodista”.

Además, señalaron los letrados, el fallo va en contra de las opiniones de Amnistía Internacional, que informó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre los persistentes ataques a la libertad de expresión que realiza la gestión de La Libertad Avanza, entre los que incluyó el ataque a Fontevecchia. 

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