Una aerolínea extranjera fue autorizada para operar vuelos entre Bariloche y San Pablo | Con seis frecuencias semanales



En medio de la desregulación aerocomercial de transporte aéreo de pasajeros y cargas que propulsa el oficialismo para incrementar la competencia y demostrar –contra toda evidencia estadística– la ineficacia de Aerolíneas Argentinas, el Gobierno autorizó a la aerolínea TAM Linhas Aéreas S.A., conocida comercialmente como LATAM Airlines Brasil, a operar vuelos entre la ciudad rionegrina de Bariloche y la brasilera de San Pablo, ida y vuelta.

Así lo confirmó la Subsecretaría de Transporte Aéreo del Ministerio de Economía este viernes a través de la publicación de la Disposición 26/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la cartera, Hernán Adrián Gómez.

De acuerdo con el escrito, la medida responde a un pedido formal presentado por la aerolínea brasileña para explotar la exclusiva ruta con seis frecuencias semanales a partir de junio de 2025.

Se trata de una autorización más de las que otorgó el Gobierno a distintas aerolíneas de prestigio internacional en el país, como es el caso de la aerolínea chilena LATAM Airlines Group S.A, que tiene permiso para operar vuelos entre Miami y Buenos Aires sin escalas, por ejemplo; o Sky Airlines y Paranair, que tienen aval para operar por las rutas Santiago de Chile-Buenos Aires-Salvador de Bahía y Puerto Montt y San Carlos de Bariloche.

De acuerdo con el considerando de la reciente norma, la decisión se enmarca en los acuerdos bilaterales vigentes entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil, que regulan las relaciones aerocomerciales entre ambos países desde 1948, y que son actualizadas mediante actas y memorandos de entendimiento, el último de ellos suscripto en septiembre de 2024.

En este marco, el Ejecutivo ponderó que la empresa brasilera “acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente para prestar los servicios requeridos”. Además, señalaron que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) intervino en el proceso y emitió un dictamen favorable, al igual que la Dirección Nacional de Transporte Aéreo, dependiente de la ANAC.

El marco legal que habilita esta autorización se apoya en la Ley 17.285 (Código Aeronáutico), los decretos 50/2019 y 599/2024, y en acuerdos bilaterales recientes. Entre estos instrumentos se destacan el Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades de la República de Chile y la República Argentina del 23 de abril de 2024, y las Actas de Reunión de Consulta de 1996 y 2002.

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Fuente: Pagina12

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